¿Tuviste una visita de verificación en tu establecimiento mercantil y no sabes como contestar?

Somos abogados expertos en establecimientos mercantiles. 

  •    Tenemos un proceso de atención sencillo.

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  •    Te acompañamos hasta el final.

La asistencia que necesitas. Sin complicaciones.

¿Qué podemos hacer por ti?

Este es nuestro proceso.

01.

Revisión de Visita

Revisamos el acta de la visita de verificación, para determinar los elementos necesarios para cumplir, evaluamos posibles errores de la autoridad y la implementación de medios de defensa.

Costo $1,200.00
02.

Estrategia y Defensa

De la revisión de documentos, te damos las alternativas de defensa y las formas de cumplimento. Así como la cotización por los servicios de contestación y seguimiento.

Atención personalizada
03.

Contestación y Seguimiento

Al contratar nuestros servicios, iniciamos con la contestación, solicitud de información y documentación necesaria para la debida presentación ante la autoridad que realizó la vista. Una vez presentada la contestación realizamos el seguimiento del procedimeinto hasta la conclusión del mismo.

Solicita la Revisión.

Preguntas importantes sobre una Visita de verificación.

Una visita de inspección, es cuando un funcionario de alguna dependencia de gobierno visita un establecimiento mercantil con la finalidad de comprobar que las actividades realizadas en el local están apegadas a las leyes y reglamentos vigentes. Las principales autoridades que realizan visitas a los establecimientos mercantiles en la Ciudad de México son: el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), la Secretaria de salud del Distrito Federal (SEDESA), la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) entre otros.

Los puntos que se revisan en una Visita de verificación dependen de la materia que regula la autoridad que realiza la Visita de verificación, por ejemplo, INVEA tiene la facultad de revisar que el establecimiento cumpla con los requisitos que marca la Ley de Establecimientos Mercantiles para el Distrito Federal; por su parte si fuera COFEPRIS o la Agencia de Protección Sanitaria de la Ciudad de México, la autoridad que realiza la visita, los puntos que revisaran serán principalmente los relativos en materia de salud y salubridad.

No obstante, uno de los primeros aspectos que vigila cualquier autoridad en las visitas de verificación es que en el establecimiento mercantil se tengan exhibidos los trámites y permisos necesarios.Conoce más sobre los trámites necesarios aquí.

Es muy importante considerar que, el Verificador solo puede evaluar los puntos que su orden de verificación le permiten, misma que debe entregar al inicio de la visita al verificado. Así mismo en general solo podrá imponer medidas o sanciones una vez que se otorgue el derecho al visitado de manifestar por escrito y dentro de un termino establecido, lo que a su derecho convenga.

A pesar de que por regla general siempre se debe dar un plazo al visitado para defenderse, existen casos en los que durante la visita de verificación, el verificador advierta que se esta cometiendo una falta grave, que pone en riesgo la vida o integridad de las personas que visitan el establecimiento mercantil o que consumen los productos que se venden, podrá determinar la imposición de sellos de clausura o de otras medidas, como el aseguramiento de mercancía. La clausura de un establecimiento puede ser decretada de forma total (a todo el establecimiento), parcial (a una zona del establecimiento), temporal (por el tiempo necesario para regularizar el establecimiento) o definitiva (de forma intemporal), el tipo de imposición varía dependiendo de la falta que se este cometiendo al momento en que se realiza la visita.
Antes de iniciar la visita de verificación el verificador debe de orientar al visitado, sobre los derechos básicos que tiene, presentando una carta de derechos. Algunos de los derechos importantes que debe conocer un visitado son: - Tiene derecho a manifestar en el acta que se levante cualquier situación que considere importante. - La autoridad debe de identificarse claramente - Debe de mostrar la orden de visita, en la que se expresen de forma clara los puntos que va a revisar. - La autoridad deberá dejar una copia del acta que levante. - Designar a por lo menos un testigo que dará fe de lo que sucede.

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